Mediación

¿ Qué es la mediación?

Es un proceso de negociación, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por sí mismas, con la ayuda de un tercero imparcial llamado mediador, que actúa sin facultad decisoria propia, como conductor de la sesión, ayudando a las personas que participan en la mediación a encontrar una solución elaborada por las propias partes y que sea satisfactoria para ambas, o si esto no ocurre, acoten el conflicto para pasar entonces a la vía judicial.

Es decir, una vez que las partes han decidido iniciar el proceso y antes de su finalización, pueden desistir del mismo. En ese caso, si el conflicto persiste, la única vía para la solución del mismo es acudir a los Tribunales. Por tanto, una de las características de la mediación es la posibilidad de abandonar el proceso por las partes en cualquier momento, pero si éste prospera, la solución al conflicto la acuerdan las propias partes, siendo el mediador la persona que les ayuda a encontrarla.

La mediación es ante todo un procedimiento no obligatorio. Ello significa que, aun cuando las partes hayan convenido en someter una controversia a la mediación, no están obligadas a continuar el procedimiento de mediación después de la primera reunión. En este sentido, las partes controlan siempre la mediación. La continuación del procedimiento depende de que éstas sigan aceptándolo.

El carácter no obligatorio de la mediación también significa que no se puede imponer una decisión a las partes. Para poder llegar a una solución, las partes deben aceptarla voluntariamente.

Por consiguiente, contrariamente a un juez o a un árbitro, el mediador no es una persona que toma decisiones. La función del mediador consiste más bien en ayudar a que las partes lleguen a tomar una decisión propia sobre la solución de la controversia.

La mediación es un procedimiento confidencial. La confidencialidad sirve para fomentar la franqueza y la apertura en el procedimiento, garantizando a las partes que las declaraciones, propuestas u ofertas de solución no tendrán ninguna consecuencia más allá del procedimiento de mediación. Por regla general, éstas no podrán utilizarse en litigios o arbitrajes ulteriores.

Procedimiento de Mediación 

La Mediación, puede ser considerada un proceso flexible, ya que se adapta a múltiples ámbitos de actuación, aunque no por ello carece de estructura ni de principios básicos de actuación.
A continuación se desarrollan las distintas etapas del proceso de Mediación:

  1. La Mediación se inicia con las sesiones informativas, en las que de manera grupal o individual un profesional de la Mediación explicará a las partes implicadas en el conflicto el funcionamiento de la Mediación, los objetivos y reglas de actuación. En dicha sesión informativa, el mediador no entrará en profundidad en el tema conflictivo, aunque si le resultará muy útil tener nociones básicas de lo sucedido.
  2. Tras la sesión informativa, el mediador, junto con la opinión de las partes implicadas, valorará la idoneidad o no iniciar la Mediación de forma conjunta. Si así fuera, el mediador explicará la importancia de respetar los turnos de palabra y la opinión de la parte contraria. En este punto del proceso, el mediador permitirá que las partes empiecen a explicar su punto de vista sobre la situación conflictiva, con la intención de observar el nivel de posicionamiento de las partes y permitir que ellos se desahoguen. Si se considerase necesario, el mediador puede plantear a los implicados en el conflicto realizar sesiones de "Caucus" las cuales consisten en reuniones individuales en las que el mediador puede llegar a entender las posiciones reales de las partes y saber cuáles son sus puntos fuertes y débiles.
  3. En las siguientes sesiones el mediador intentará fomentar la creatividad y la espontaneidad de las partes a la hora de proponer alternativas. Se tratará cada uno de los puntos generadores de conflicto y se buscarán soluciones y alternativas para cada problema. La Mediación puede desarrollarse en tantas sesiones sea necesario, siempre y cuando no se utilice como medio para prolongar el conflicto.
  4. Una vez se hayan acordado los acuerdos pertinentes, el mediador redactará un documento, el cual será firmado por las partes implicadas. El mediador ayudará a dar forma a todos los acuerdos alcanzados y les explicará el valor de dicho documento. Dicho documento podrá ser protocolizado ante notario, y tendrá carácter ejecutable.

Principios básicos de la Mediación

A continuación mencionamos los principios básicos de la mediación, los cuales se tienen que respetar siempre, independientemente del tipo de mediación que se realice.

  • Confidencialidad: Todo lo comentado durante las sesiones de Mediación es confidencial, las partes no podrán citar al mediador como perito o testigo en un juicio. Además, los temas que se traten durante las sesiones de "Caucus" también serán confidenciales siempre y cuando los interesados así lo deseen.
  • Voluntariedad: Toda persona que acude a mediación debe hacerlo desde la voluntariedad y debe ser consciente que puede solicitar abandonar la Mediación en cualquier momento del proceso, sin consecuencias de ningún tipo.
  • Imparcialidad: La persona mediadora no valorará en ningún momento la actitud ni la actuación de las partes en conflicto, no le corresponde realizar juicios de valor de ningún tipo, por lo que se mostrará en todo momento imparcial. Es posible que durante el proceso, alguna de las partes intente convencer o manipular al mediador para conseguir su apoyo. En esta situación, el mediador debe dejar claro, que él no está para valorar sus actuaciones, sino que su función es ayudar a gestionar la comunicación, con el objetivo de alcanzar acuerdos.
  • Neutralidad: El mediador siempre respetará el punto de vista de los implicados en el conflicto, así como el resultado de la Mediación. En ningún momento impondrá criterios propios, aunque si ayudará de forma activa a las partes en la búsqueda y formulación de alternativas.

¿Qué conflictos pueden resolverse a través de la mediación?

La mediación es efectiva para resolver casi todas las situaciones de conflicto humano. Entre ellas, hay un gran avance en las siguientes materias susceptibles de ser mediadas:

Familiar: conflictos familiares, alimentos, divorcio, liquidación de sociedad conyugal.

Comunitaria: problemas vecinales, ruidos molestos, uso de espacios comunes.

Penal: disputas referidas a la convivencia en prisiones, aceleración de procesos de acuerdo en delitos menores.

Escolar: conflictos institucionales, entre estudiantes, entre alumnos y profesores, por fijación de normas de convivencia escolar.

Patrimonial civil y comercial: conflictos de contenido patrimonial, desalojos, división de condominio, reclamaciones de salud, accidentes de tráfico. Etc.

¿ Tienes un conflicto con alguien de tu familia,

alguno de los vecinos de tu comunidad,

o quizás con algún compañero de trabajo

y no sabes como afrontarlo ?

Ven a mediación.

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